Algunos de los Permisos Retribuidos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores o en los Convenios Colectivos (en nuestro CLONvenio Colectivo vienen en el artículo 22) dependen del grado de consanguinidad (respecto de la propia familia) o afinidad (respecto de la familia del cónyuge) con nuestros parientes.
El siguiente cuadro refleja los distintos grados de parentesco:
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