Atos Argentina nos está dando sorpresas agradables, si hace unas semanas hablábamos de su documento Política de "Días Atos", hoy volvemos a hablar de Argentina al haber encontrado en la Intranet el documento Política de "Día de Cumpleaños" válido para todos los colaboradores de nómina interna de Atos Argentina.
En la introducción del mencionado documento se indica que: Como parte de la creencia de Atos en el balance entre la vida laboral y personal, el día de cumpleaños es otorgado a todos los colaboradores como un día libre para que pueda disfrutarlo junto a su familia y seres queridos.
El documento establece que: El colaborador podrá gozar de su día de cumpleaños como día libre pudiendo el mismo gozarse únicamente en el transcurso del mes del cumpleaños (mes calendario), caso contrario se perderá el derecho a su utilización. El mismo no podrá acumularse con otras licencias (Ej. vacaciones, maternidad, paternidad, mudanza, días de estudio, días Atos, etc.).
Como se puede apreciar, una política de Conciliación igualica igualica a la que se practica por estos lares.
¿Porqué no piensan en dar el algún día como el del cumpleaños a los que lleven varios trienios en las empresas de Atos de España?, sería una buena forma de compensar en algo la antigüedad y la fidelidad a la empresa, sería una buena idea porque ni es lógico lo que se supone que se debería pagar ni tampoco no compensarlo o absorver todo ese complemento.
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