Una iniciativa de RRHH de AtoS Spain en colaboración con los fisioterapeutas de CM Mutual... se enseñarán una serie de ejercicios sencillos que, de forma orientativa, podrán realizar antes de empezar su jornada de ejecución de Despidos.
Una iniciativa de RRHH de AtoS Spain en colaboración con los fisioterapeutas de CM Mutual... se enseñarán una serie de ejercicios sencillos que, de forma orientativa, podrán realizar antes de empezar su jornada de ejecución de Despidos.
En primer lugar, queremos agradecer los mensajes de apoyo que hemos recibido entendiendo que la decisión de romper las negociaciones y cancelar los acuerdos de Teletrabajo no la ha tomado la RLPT sino la empresa. Es más, la RLPT pedía que se mantuvieran "todos" los teletrabajos preexistentes.
• Como ya hemos dicho el acuerdo colectivo de Teletrabajo propuesto por la empresa no se ajustaba a la ley, restringía derechos rebajando lo recogido en el Real Decreto-ley 28/2020 y limitaba mucho las posibilidades de tener y hacer Teletrabajo de forma absurda y retrógrada. Su objetivo es que prácticamente todo el Teletrabajo en AtoS Spain sea menor del 30% de la jornada así estaría fuera de la regulación del Real Decreto-ley 28/2020.Prácticamente, ninguna de estas condiciones tiene que ver con gastos. Las herramientas de trabajo son las mismas que tienen que darte si vas a la oficina y la compensación de gastos por teletrabajar en la última propuesta de la RLPT era insignificante, mucho menor de lo que la empresa ahorra dando Teletrabajo. La postura de la empresa es meramente ideológica que prefiere perjudicar su negocio y perjudicar a su plantilla antes que admitir que existen gastos y hacer trasparente y objetiva la concesión del Teletrabajo. Los costes son solo una excusa porque ahorra mucho más de lo que gastaría. Así es la dirección que tenemos.
• La empresa no quería aceptar que se mantuvieran todos los teletrabajos preexistentes en las condiciones en las que estaban y limitaban a un máximo de 3 días a la semana el Teletrabajo.
• Limitaba el sitio dónde podías hacer Teletrabajo a solo un lugar, tu domicilio habitual. Si tu padre se pone enfermo y quieres ir a teletrabajar a su casa, no puedes ya que estarías incumpliendo el acuerdo. Si hace obras un vecino y te quieres ir a un coworking o a casa de tu hermano, no puedes ya que estarías incumpliendo el acuerdo. Solo podrías cambiar el lugar, aunque fuera solo para un día, "previa comunicación y autorización de RRHH". Todo ello eran razones para quitarte el Teletrabajo. La RLPT propuso que sólo hubiera que hacer una comunicación indicando el cambio. En realidad, la única limitación que debería existir al lugar en el que hacer Teletrabajo es que el puesto esté adaptado y cumpla con las normas de Prevención de Riesgos Laborales. Pero, curiosamente, la misma empresa "impide" que tu lugar de Teletrabajo habitual cumpla la normativa de riesgos laborales pues se niega a dar el material necesario para adaptar el puesto. Es más, lo convertía en una razón para no darte el Teletrabajo (una más), ya que si necesitas una pantalla externa porque no ves la letra, una silla o un reposa pies... no te iban a conceder el Teletrabajo. Así lo ponían.
• Para concederte el Teletrabajo la empresa limitaba tu movilidad a estar a una hora, como mucho, en transporte público de la oficina. Al parecer desconocen que en muchos casos la oficina está en una ciudad y se vive en otra o que en ciudades grandes se está a más de una hora aun viviendo en la misma ciudad. Adiós al Teletrabajo para las personas que viven lejos de la oficina.
• También lo limitaban a estar en la provincia del centro de trabajo. Con esta condición dirían adiós al Teletrabajo todas aquellas personas que vivieran en las provincias limítrofes (Cantabria, Guadalajara...) cuando justo la posibilidad de alejarse de la ciudad es una de las razones más buscadas para teletrabajar.
• Afirmaban que la persona trabajadora "no genera gastos". Una cosa es que la empresa no quiera pagarlos y otra que no existan. La empresa quería que firmásemos que "no existen" y eso no es cierto. Inventan la realidad. La RLPT en su última propuesta le pidió una compensación simbólica que apenas le suponía ningún esfuerzo presupuestario que no quiso ni contemplar.
• La empresa quería controlar, monitorizar y geolocalizar a las personas teletrabajadoras sin limitación ni transparencia. Con esto, entre otras cosas, vigilaba el cumplimiento de las condiciones de lugar y distancia que ya hemos mencionado para poder quitarte el Teletrabajo.
• La empresa no quería proporcionar ni siquiera el material mínimo para trabajar que sí proporciona cuando estás en la oficina y que exige la ley. Lo que es una discriminación para quién teletrabaja. No aceptaban ni la posibilidad de que fuera sólo bajo petición.
• Con el redactado del acuerdo la empresa podía denegar el Teletrabajo a quién quisiera cuando quisiera.
Luchamos por derechos PARA TOD@S
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