lunes, 21 de noviembre de 2022
Teletrabajo: Juicio en la Audiencia Nacional
Como ya explicamos no se impugna el acuerdo suscrito en AtoS Spain con UGT, sino el contenido de los Acuerdos Individuales que la empresa firma con los trabajadores. Dichos acuerdos supuestamente están basados en el acuerdo suscrito con UGT, pero la empresa ha añadido cláusulas no negociadas e incumpe incluso el contenido del acuerdo, incurriendo en una serie de ilegalidades.
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Habrá quien diga que si el trabajador lo ha firmado, es válido. Pues que sepan que no, que una cláusula ilegal, aunque se firme, no es válida. Una persona puede firmar un contrato con solo 10 de días de vacaciones anuales. Pues, esa cláusula no será válida y tendrá el número de días que haya en su convenio o, si no hay convenio sectorial, lo que indica el estatuto, 30 días naturales.
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