lunes, 16 de junio de 2014

Borrador del acuerdo de Compensación por horario especial en jornada partida de verano

Como ya habíamos adelantado, en la mañana de hoy, 16 de junio, se ha celebrado la novena reunión sobre Horarios Especiales 2014. RRHH nos ha enviado por la tarde el borrador del "Acuerdo de Compensación por horario especial en jornada partida de verano", que constaría de los siguientes puntos:
1.- La prestación de servicio en jornada partida se realizará de forma voluntaria.

2.- Se establecen una compensación económica que incluye la Ayuda Comida para cada trabajador/a de 37,5 euros por cada día de prestación de servicio en jornada partida.

3.- Adicionalmente se compensará el total de horas semanales realizadas(*) según lo siguiente:
Plus Semanal Verano 40 horas: 45 euros
Plus Semanal Verano 39 horas: 32 euros

Plus Semanal Verano 38 horas: 21 euros


Plus Semanal Verano 37 horas: 12 euros
Plus Semanal Verano 36 horas: 5 euros    
4.- Quedan excluidos de este acuerdo:
- Los trabajadores/as que presten servicio en horario a turnos o con parrilla de horarios.

- Los trabajadores que, de forma esporádica, trabajen menos de 4 días en jornada partida durante el verano(**). En este caso aplicará lo establecido en el Acuerdo Marco: 7,5 euros diarios como Ayuda Comida más las horas extras que correspondan según la fórmula (SBA/1760)*1,75
(*) Hemos hablado con RRHH para añadir este texto "A partir de la octava hora diaria se compensará cada hora realizada como Hora Extra", para evitar abusos y malentendidos.

(**) Esta excepción que ha vuelto a introducir RRHH, ya la había propuesto en la reunión de la mañana y fue rechazado por la RLT.


NOTA: Finalmente el acuerdo será de ámbito estatal, por lo que se convocará a ELA y LAB para su firma (han salido a la luz proyectos en Sevilla y Vigo, que llevábamos comentando a RRHH desde que comenzaron las negociaciones).

17 comentarios:

  1. Muy buenas.

    ¿Cómo hay que notificar a la empresa las horas hechas "de más" durante la jornada intensiva para obtener esas compensaciones?

    Gracias!

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    1. Buena pregunta, ya se lo hemos planteado a RRHH para evitar problemas.

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  2. Hay 2 cosas que me llaman mucho la atención de este acuerdo:
    1. "Ayuda Comida para cada trabajador/a de 37,5 euros por cada DIA de prestación de servicio en jornada partida". Esto debe de ser una errata: ¿Seguro que la empresa va a dar 37,5 euros de ayuda a comida por día trabajado? ¡Si es más de lo que paga por trabajar una semana de 39 horas!
    2. "La prestación de servicio en jornada partida se realizará de forma voluntaria". Y me imagino que también a petición de la empresa. Si no, y por 37,5€ diarios + 45€ semanales, yo me apunto a la jornada partida pero ya

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    1. En lo referente a la ayuda para comida creo se refiere a que esa se incluye en los 37,50 € de compensación, es decir, que por ejemplo 7,50 € son de comida a cargar en la tarjeta y 30,00 € de compensación a cobrar directamente en nómina.

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  3. Hola: por favor, no me entero muy bien de las condiciones.
    Por lo que he entendido, al día se pagan 37.5 euros, que incluye el pago por la hora de más que hacemos todos los días, y 7.5 euros de ayuda de comida.
    Lo que me despista del todo son los pluses semanales de verano. ¿Quiere esto decir que, además de los 37.5 euros diarios, van a pagar también pluses semanales?.
    Un saludo y gracias.

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  4. Aquí otro con dudas, por la compensación semanal. Imaginaros que me pillo de vacaciones un viernes de una semana y el lunes siguiente. En ambas semanas, currando ocho horas por día, trabajo 32 horas, no tengo compensación semanal a pesar de trabajar ocho días sin jornada de verano. Otra persona trabaja una de esas semanas y la otra la pilla de vacaciones y sí se lleva 45 € de compensación semanal.
    No lo veo muy justo, creo que el cobro debería ser por x horas de más sumando los días trabajados, no la semana entera. En el caso que puse, de dos semanas de cuatro días trabajados, habría que cobrar 32 € / semana por las cuatro horas hechas de más esa semana.

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  5. Yo también creo que debe ser una errata. Pero es curioso el comentario. En la unidad en que trabajo un año (si, un año de muchos que no se compensaron justamente) se compensó con una cantidad parecida la perdida de jornada. De repente ese año hubo personas que sin carga de trabajo suficiente, o alargando la que tenían, hacían horas sin parar. Al final fue tal el abuso que se volvió a la recompensa de todos los años (el cheque comida y 1'75h de descanso, aunque estuvieses 3h más por día). Las horas deben ser voluntarias pero también por petición. Si no nos las piden expresamente, no las deberíamos hacer. Muchos jefes no te las van a pedir precisamente para no obligarse a decir como imputarlas y luego intentar que no las pases por Artemis.

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  6. Yo tambien tengo dudas si por ejemplo no tienes jornada de verano ningún dia pero hay un dia de la semana de fiesta o de vacaciones, como es el jueves de esta semana en madrid. Entonces aunque ningun dia tengas jornada te quedas sin el plus semanal? Otra duda es sobre la recarga de los ticket restaurant. El año pasado la recarga de los ultimos 15 días de junio se realizó en agosto, es decir Junio y Julio pagando la comida de nuestro bolsillo. Cosa que no me parece justo ya despues de estar jodidos currando toda la jornada en verano.

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  7. Esos 37'5 euros son la suma de un Plus por pérdida de Jornada de Verano (30 euros) y la ayuda de comida (7'5 euros). (Debería haberse escrito mejor separando con comas o entre paréntesis: "Se establecen una compensación económica, que incluye la Ayuda Comida, para cada trabajador/a de 37,5 euros por cada día de prestación de servicio en jornada partida").
    Como cambió la ley este año y se cotiza por la ayuda de comida, a la empresa ya no le interesa hacer distinción, aunque a nosotros sí para no pagar IRPF.
    El Plus Semanal es una compensación que será mayor cuantas más horas hagas de más sobre las 35 establecidas en la Jornada de Verano a lo largo de la semana.
    El caso ese de una semana en que te pillas un día, o hay un festivo (por ejemplo esta semana en Madrid) ya lo planteamos nosotros para que no haya listillos que no te quieran compensar. Hay que dejarlo más claro en el texto del acuerdo.

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  8. Lo de la voluntariedad si que es para reir por no llorar... Es que los que están en cliente tienen algun "libre albedrio"? Es decir, la empresa crea sectas... las de los que se pueden acoger a jornada porque estan en oficinas y los otros... los que están en cliente y "voluntariamente" pueden elegir perder su jornada o que los manden a la porra.....O es que la gente que SI disfruta de jornada intensiva normalmente va a secundar alguna accion por los que NO la pueden disfrutar? Lo de la voluntariedad es un arma de doble filo, te estan obligando a una accion individual que no todo el mundo puede tomar.... Por eso... los de cliente estamos vendidos... ademas...si estamos dando un servicio, con nuestra propia organizacion y de forma independiente a la estructura del cliente: ¿por qué tenemos que hacer su horario?... Segun el concepto de servicio... yo curro de 8 a 15 y ya Atos le pondra al cliente a otra persona por las horas que falten para completar, no? Sino, seria como que el cliente me contrata a mi directamente y me pone las condiciones no? y eso suena mucho a cesion... cosa imposible en esta empresa.. legalmente hablando... claro...

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  9. Hola compañeros

    Qué raro, aquí no aparece nadie poniendo a parir a los sindicatos, ni a la CGT.

    Gracias por la información compañeros.

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    1. los trolls estan ocupados planificando como fastidiarnos la jornada intensiva y , si es posible, que aun les demos las gracias...

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  10. ¿Como es posible que vayais a firmar un acuerdo que excluye a los que trabajamos por turnos? no solo estamos jodidos todo el año con un horario que no quiere nadie, si no que ademas no podemos disfrutar la jornada intesiva y ni tan siquiera recibir una compensacion por ello.
    ¿somos trabajadores con menos derechos que los demas?

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    1. Nacho, no, no sois trabajadores con menos Derechos. Sois trabajadores que habéis entrado en la empresa con un contrato que tiene unas condiciones determinadas y con unas compensaciones establecidas en el Acuerdo Marco (o habéis aceptado voluntariamente ser adscritos a dicho horario conforme establece el AM).
      Ningún año se os ha incluido en los acuerdos de verano por esos motivos.
      Salud,

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    2. a lo mejor no me he explicado bien, yo no tengo firmado un contrato con condiciones dertermindadas, simplemente estoy en un proyecto en el que tengo que hacer un horario derterminado que no se esta especificado en mi contrato.

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  11. y siempre he participado de los mismos acuerdos que mis compañeros, sin que ellos tengan horarios determinados.

    pero,. segun he calculado, ademas, de tener un horario mayor que el de mis compañeros en jornada de verano pierdo 1200 euros con respecto ha ellos descontado ya los importes que recibo por los turnos que hago, si eso no es discriminacion no encuentro una definicion que lo hago mejor

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    1. ¿Por qué no nos envías un e-mail a es-cgt.atos@atos.net dándonos más información sobre tu caso particular y vemos que se puede hacer?
      Salud,

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