viernes, 6 de junio de 2014

[MAD] Resumen de la cuarta reunión sobre Horarios Especiales 2014

Aunque primera reunión para el Comité de Empresa de Madrid, como ha hecho constar el Presidente del Comité de Empresa en una nota que ha entregado, para que firmen un recibí, a las representantes de la empresa.

La empresa ha indicado que algunas de las "servis lain" (lineas de servicio... ¡que manía de decirlo todo en inglés!) están adelantadas en las elaboraciones de sus calendarios anuales para aplicar la Distribución Irregular de la Jornada, pero otras no, ya que no es tan fácil (Pues claro que no, a ver si se acaban de dar cuenta de que ese sistema no está pensado para aplicarlo en empresas de nuestro sector).

Así que hoy, 5 de junio, se nos ha presentado una "propuesta alternativa" que contemplaría una Compensación para calcular según estos criterios:

Horas extras: (Salario Bruto Anual / 1760) * 1,75

Plus de Verano: 4,50 euros/hora

Ayuda de comida: 7,50 euros/día
Para magnificar las excelencias de esta propuesta se nos ha puesto un ejemplo basado en el Salario Medio Anual de la plantilla de Atos Spain Madrid, que dicen es... 34.069,12 euros!!!!! (nos han indicado que para este cálculo no se han tenido en cuenta a directivos y altos cargos).

Así para un Horario de Verano de 09:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes, le saldrían las siguientes cuentas a un trabajador con el citado salario:
Horas diarias realizadas: 8 (en lugar de las 7 establecidas en el Acuerdo Marco)

Precio de la Hora Extra: (34.069,12 / 1.760) * 1,75 = 33,87 euros

Plus de Verano: 4,50 euros

Ayuda de comida: 7,50 euros

Total diario: 33,87 + 4,50 + 7,50 = 45,87 euros
Osea, que sales de currar a las 18:00, 3 horas más tarde que el resto de los trabajadores que salen a las 15:00, y la compensación sería exclusivamente la aplicada sobre la octava hora: una hora extra (curiosa manera de llamar a una hora que en realidad no es extra si no existe voluntariedad) incrementada con un plus de 4,50 euros y una ayuda de comida (que faltaría más que no dieran después de obligarte a partir la jornada).

Hemos preguntado si habría mix, es decir trabajadores con Distribución Irregular de la Jornada y otros con esta "compensación alternativa" y nos han respondido que no, que lo razonable es lo uno o lo otro.

RRHH quiere dejar zanjado este asunto antes de que comience la Jornada Intensiva (faltan 5 días laborables para ello)... ahora vienen las prisas después de haber estado mareando la perdiz, como todos los años.

Hemos vuelto a pedir a la empresa la relación de los horarios de los clientes, los trabajadores afectados y sus salarios. Y se han comprometido a dárnoslos en breve.

También hemos recordado, una vez más, que el año pasado hubo clientes afectados de fuera de Madrid (Vigo, Sevilla, ...).

3 comentarios:

  1. La cuenta la vieja, efectivamente...

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  2. El plus de verano no deberia ser por cada hora que se exceda de la jornada intensiva? Desde las 15:00h a las 18:00h serian 3 horas de plus (13'5 EUR)

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    1. correcto. si te obligan a partir la jornada que la paguen tambien

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