Formación Profesional en AtoS
El 10 de septiembre se publicó en el BOE la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, de la que queremos destacar un par de artículos:
Artículo 2. Fines del sistema.
Los fines del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral son:
a) Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar sus competencias profesionales y sus itinerarios de empleo y formación, así como su desarrollo profesional y personal.
Artículo 10. Oferta formativa para trabajadores ocupados.
1. La oferta formativa para trabajadores ocupados tiene por objeto ofrecerles una formación que atienda a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, a las necesidades de adaptación a los cambios en el sistema productivo y a las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.
Esperamos que tomen buena nota todos esos responsables listillos que deniegan cursos a los trabajadores alegando que no tienen nada que ver con su trabajo.
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