jueves, 16 de julio de 2020

ERTE: Compensación hasta el 82% mal calculada

Desde CGT nos hemos quejado a RRHH porque los cálculos para las compensaciones de los salarios del SEPE hasta el 82% del salario bruto anual no los está realizando de forma correcta en determinados casos, puesto que para obtener ese 82% se están basando en la nómina de marzo... pero para las personas que en marzo tenían una reducción de jornada por guarda legal, ese cálculo se debería basar en el salario que se hubiera percibido si no se tuviera dicha reducción.
 
En la comunicación que realiza RRHH al personal afectado por el ERTE pone claramente:

En el supuesto que algún trabajador haya estado en situación de Incapacidad Temporal u otra situación de suspensión del contrato o reducción de jornada (al amparo del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores), se considerarán los importes que hubiera percibido en los conceptos señalados de no estar en dicha situación.
RRHH nos indica que no es posible regularizar la situación en la actualidad puesto que la cotización a la Seguridad Social durante el periodo del ERTE se realiza por la media de los últimos 180 días previos a la afectación y esto generaría un descuadre entre el salario recibido y la parte cotizada por él. Desde CGT hemos sugerido a RRHH que se podría realizar un pago al final del periodo del ERTE que regularizase las cantidades que no se han abonado (esto se hace así para pagos pendientes cuando se está de Baja por Incapacidad Temporal), aunque RRHH no se ha pronunciado al respecto, es más ha intentado dar la vuelta al comunicado con argumentos incongruentes para justificar ese párrafo.
 
Si estás afectad@ por el ERTE y previamente tenías una reducción de jornada por guarda legal, revisa la compensación que te da la empresa y si está calculada sobre el salario reducido, reclama por escrito a la dirección de RRHH copiando el párrafo incluido
en el comunicado que recibiste. Si te parece nos pones en copia a nosotr@s para poder realizar un seguimiento.
 
Una vez más la empresa 'nos sorprende' con un cálculo mal realizado y que afecta directamente a la parte más vulnerable de la plantilla en estos momentos, ya que se encuentra en el paro y, también, más discriminada por tener una reducción de jornada por guarda legal justo antes del ERTE.

2 comentarios:

  1. Pero, ¿es un ERTE por Covid 19? Según Sepe NO

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    1. El SEPE indica claramente, cuando te reconoce la prestación que es por COVID-19:

      "PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO.COVID-19"

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