lunes, 15 de enero de 2024

Recomendaciones para un trabajo seguro ante alerta meteorológica o bajas temperaturas


Estas condiciones climatológicas adversas, de nieve o frío, pueden complicar o incluso imposibilitar la realización de algún tipo de trabajo, sobre todo aquellos que deban desarrollarse a la intemperie, y causar problemas en los desplazamientos, tanto en aquellos que se realizan para ir y volver del trabajo como aquellos que debemos realizar por la propia naturaleza del puesto que desempeñamos. Ver recomendaciones.

Noticias

CGT: La subida del salario mínimo

Laboro: Todo lo que puede hacer un trabajador que no teme al despido

20-E y 27-E, un grito unitario por Palestina

Laboro: Ya se puede acumular el periodo de lactancia, aunque no quiera la empresa, pero no son 28 días

Capgemini: ¿Os imagináis un Comité de Empresa sin CGT?

Ficha de Formación 217 "Fabricando Rebeldía"

Estos son los tramos de IRPF en 2024

Pellets: Las organizaciones ecologistas reclaman más coordinación en la respuesta y transparencia sobre su impacto ambiental

Pagar por rechazar las cookies: las webs pueden cobrarnos por no aceptarlas

Al menos 18 personas mueren cada día en su intento de llegar a España

jueves, 11 de enero de 2024

12-E: Reunión rápida con RRHH


Ésta es la agenda que ha enviado RRHH, el 11 de enero, a la RLPT de AtoS Spain para la "reunión rápida":
• Global News

• Canal de denuncias: Temas pendientes de la reunión trimestral

• Acceso a los edificios

Fiestas Laborales del 2024

Las Comunidades Autónomas publicaron, en sus respectivos Boletines Oficiales, los Calendarios Oficiales de Fiestas Laborales para el año 2024, según lo dispuesto en el Real Decreto 2001/1983 sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, y también se ha publicado en el BOE la relación de fiestas laborales para el año 2024.

Este año, 9 de las 12 fiestas designadas por cada Comunidad se celebrarán de forma conjunta en todo el estado: 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Epifanía del Señor), 29 de marzo (Viernes Santo), 1º de Mayo (Fiesta del Trabajo), 15 de agosto (Asunción de la Virgen), 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), 1 de noviembre (Todos los Santos), 6 de diciembre (Día de la Constitución española) y 25 de diciembre (Natividad del Señor).

Enlaces a las Fiestas Laborales del año 2024 en las Comunidades en las que Eviden tiene Centros de Trabajo:

      • Andalucía

      • Aragón (Calendario Zaragoza)

      • Canarias

      • Cantabria

      • Castilla y León

      • Castilla-La Mancha

      • Catalunya

      • Euskadi

      • Galicia

      • Madrid (Calendario Madrid)

      • València
¿De dónde salen las 14 fiestas del Calendario Laboral anual?

Empresario honrado

miércoles, 10 de enero de 2024

AtoS Holding: Despidos en diciembre de 2023

XVIII Convenio colectivo/Acuerdo Marco: Dietas y gastos de kilometraje

(Texto del correo enviado por CGT, el 3 de enero, a RRHH sobre la cuestión planteada en este Blog el pasado 30 de noviembre)

Con la publicación, el 26 de julio, del XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública se modificaron los importes de las dietas diarias y los gastos de kilometraje, de tal manera que en algunos casos los importes del Convenio son superiores a los establecidos en el Acuerdo Marco vigente en AtoS Spain,tal como se refleja en las siguientes imágenes.


¿Nos pueden confirmar que AtoS Spain está aplicando los importes del convenio que son superiores a los del Acuerdo Marco?

(Texto del correo de RRHH, recibido el 9 de enero, en respuesta a nuestro correo del día 3)

Les confirmamos que los datos están actualizados.

Nos toman por idiotas

Crisis ambiental en Galicia

¿Realidad o ficción?





















martes, 9 de enero de 2024

AtoS Holding: Nuevo permiso de cinco días por accidente o enfermedad graves...

(Texto del correo enviado por CGT, el 8 de enero, a la plantilla de Atos Holding)

Nuevo permiso de 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización

Recientemente se ha modificado el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Una de las modificaciones afecta al punto 3 en su apartado b), que en la nueva redacción dispone:
3. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

b) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella
En base a este precepto, se amplían a cinco el número de días de permiso (anteriormente eran dos) y se modifica el ámbito subjetivo, ya que ahora el permiso se extiende no solo al cónyuge de la persona trabajadora, sino también a su pareja de hecho, así como a cualquier otra persona que conviva con ella en el mismo domicilio y requiera de su cuidado efectivo.

Aunque el permiso para cuidadores que contempla el artículo 6 de la Directiva (UE) 2019/1158 es de cinco días laborables "al año" por trabajador, sin embargo, el Real Decreto-ley 5/2023 ha mejorado esta regulación, al no establecer una limitación anual para el permiso. Es decir, si se cumplen los requisitos del artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, la persona trabajadora tendrá derecho a cinco días de permiso "cada vez" que se produzca el hecho causante (accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de los sujetos que se mencionan en dicho precepto).

¿Cuántos días se tienen de permiso por hospitalización?

Los permisos retribuidos del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores tienen por objeto liberar a las personas trabajadoras de la obligación de acudir al trabajo, sin pérdida de retribución, ante la necesidad de atender una determinada situación, conforme a cada uno de los supuestos regulados. Es decir, obedecen a una relación de causalidad, y tienen sentido cuando sirven para atender a las causas para las que están previstos.

Por tanto, si un familiar está ingresado tres días en el hospital y pasado ese tiempo le dan el alta hospitalaria pero precisa seguir siendo atendido, es decir no hay alta médica, por la persona trabajadora, ésta seguiría amparada por el permiso. Es el supuesto contemplado en las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 5/03/2012 (rec. 57/2011) y 13/06/2018 (rec. 128/2017; ECLI:ES:TS:2018:2464).

También recordamos sobre este permiso que el inicio puede producirse en cualquier momento de la hospitalización y debe producirse en un día hábil para quien lo solicita. Además el cómputo de los días de permiso, una vez que se inicia solo puede referirse a días hábiles y según indica el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de Consultoría en su artículo 22.B en el supuesto de la hospitalización, "los días completos de permiso podrán disfrutarse de manera discontinua, y mientras exista la causa que los genera".

Obligación de volver a solicitar Teletrabajo

Dejamos el enlace de la comunicación que realizamos a la dirección de la empresa el pasado 7 de diciembre donde se incluye nuestro posicionamiento sobre la obligación de volver a solicitar Teletrabajo: Reunión Interlocución Social - Atos Holding.
Sección Sindical de la CGT en Atos Holding Iberia

[MAD] Elecciones AtoS Spain: La anécdota

Adivina cómo se cantó el primer voto de una de las candidaturas que se presentaba en las Elecciones... ¡¡Totalmente verídico!! nos hizo mucha gracia a tod@s menos a...