• Se suspenden plazos en la presentación de solicitudes: no se recortan derechos por presentar solicitudes fuera de plazo.
• Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTE's).
• Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo:
- Durante este período su demanda permanecerá en alta sin necesidad de acudir a su Oficina a renovarla.• Si se ha visto afectado por un ERTE, no tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y el SEPE. Próximamente daremos más detalles sobre este procedimiento.
- No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
- No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.
• Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE, solicite cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE (indique correo electrónico).
lunes, 23 de marzo de 2020
SEPE: Medidas extraordinarias adoptadas frente al COVID-19
El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ha publicado un aviso informando sobre las medidas extraordinarias adoptadas frente al COVID-19.
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