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viernes, 17 de enero de 2025

Atos Holding: 63 Despidos durante 2024


RRHH reconoció la existencia de muchas más bajas de las que tenemos reflejadas, y aunque se comprometió en el SIMA a enviarnos esa información aún no lo ha hecho. Por tanto, podrían ser más los Despidos.

En estos últimos 37 días ya llevamos 25 despidos... ¡estamos cerca de un ERE encubierto!
Sección Sindical de la CGT en Atos Holding Iberia

lunes, 24 de junio de 2024

[MAD] Locales de la RLPT de AtoS Spain: Sin avenencia en el IRMA

En diciembre de 2023 sale elegido un nuevo sindicato (ccoo) en las Elecciones Sindicales celebradas en AtoS Spain Madrid, que no tiene asignado local sindical.

En febrero de 2024 la empresa traslada el problema del local que tiene con ccoo al resto de las secciones sindicales, en lugar de asignar un nuevo local, pretende que las cuatro secciones se repartan dos salas (dos secciones por sala) y una tercera sala se quede de almacén. Todo ello a pesar de que en el Centro de Trabajo de Madrid en Albarracín 25 hay numerosas salas libres.

Además la empresa se olvida, o pasa, del acuerdo, de OBLIGADO CUMPLIMIENTO, de 2022 que firmó con las tres secciones sindicales de entonces donde se asigna un local específicamente a cada una de las secciones.


Tras semanas de intercambios de correos, de acoso a las secciones (CGT, CoBas y UGT), la empresa se mantiene en sus trece.

Como acto de buena fe, el Pleno del Comité de Empresa de Madrid propone asignar su local a la nueva sección, pero ccoo no lo acepta (3 votos suyos contra 18 del resto), y la empresa tampoco.

El 21 de junio se celebra en el IRMA un acto de conciliación, promovido por CoBas, que acaba sin avenencia debido a la obstinación de la empresa, que sigue pretendiendo quitar locales a las secciones sindicales, y la postura de ccoo.

Sobre el comportamiento de ccoo hay que decir que es inadmisible, llevan seis meses sin local y no han puesto ninguna demanda. Con su postura demuestran que prefieren tener un local compartido con otra sección que uno para ellos solos, obligando al resto de secciones a compartir local. Da toda la impresión que su única intención con su postura es fastidiar al resto de sindicatos... y la empresa, encantada.

lunes, 7 de febrero de 2022

Teletrabajo: El comunicado de CoBas sobre el SIMA

La sección sindical de CoBas también rechazó el acuerdo de Teletrabajo presentado por AtoS Spain. Fueron citados y asistieron al acto de mediación en el SIMA. El 2 de febrero publicaron en su blog un post sobre ese acto pero, como ya hicieron en el SIMA, no se han mojado y no se han posicionado sobre la demanda de CGT... o sea ni sí ni no, sino todo lo contrario.

viernes, 4 de febrero de 2022

Teletrabajo: Aclaraciones sobre la demanda de los acuerdos de Teletrabajo

En relación con el acto de mediación celebrado en el SIMA por la interposición de Conflicto Colectivo por los acuerdos de Teletrabajo en AtoS Spain, estos últimos días la plantilla está recibiendo muchas informaciones respecto a lo que ha demandado CGT. La mayoría de ellas tergiversando o malinterpretando el contenido de nuestra demanda y nuestras peticiones en el SIMA.

Lo primero que queremos aclarar es el concepto jurídico que creemos necesario para entender la demanda. Si un acuerdo, contrato o lo que sea es ilícito (incumple la legislación) hay que impugnarlo. Eso es así. De ahí que el documento presentado al SIMA hable de "la impugnación de los acuerdos...", ése es el término jurídico. Eso no es ni suspenderlos, ni cancelarlos como ya hizo la empresa en su momento para presionar a la plantilla (acto de mala fe por su parte) durante la negociación del acuerdo de Teletrabajo.

Por otro lado, en relación con lo que se demanda, decir que sólo se pueden demandar aquellos aspectos que la ley aprobada recoge y no se cumplen. Obviamente, no son todos los que nos gustaría reclamar, pero así es la legislación. Que no podamos incluir en una demanda todo los que nos gustaría no quiere decir que dejemos que la empresa siga haciendo acuerdos que consideramos abusivos.

El conflicto interpuesto tiene dos cuestiones diferenciadas:
- Que los acuerdos que se están realizando no cumplen con lo dispuesto en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia.

- Que la empresa está incluyendo en los acuerdos cláusulas no pactadas ni negociadas con la RLPT, impidiendo además que ésta realice su función de supervisión.

Respecto a los incumplimientos, como ya hemos dicho, se reclama lo que la ley dice que la empresa debe hacer. En concreto, se pide que se cumpla lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 10/2021 de trabajo a distancia: La empresa debe proporcionar o sufragar todos los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.

Respecto a las cláusulas que la empresa ha añadido a los acuerdos individuales, como hemos explicado en el acto de mediación y aunque UGT no quiera entenderlo, no se trata de si esas cláusulas concretas son más o menos perjudiciales. Lo que no nos gusta es que las incluyan porque hoy son ésas y mañana puede ser cualquier otra (como, por ejemplo, que tengas que estar ubicado a menos de un kilómetro del Centro de Trabajo... ¿a que ésa ya no te gusta?) Pues si han colado las primeras pueden colar cualquier otra. No se puede aceptar que la empresa incluya lo que le plazca sin ningún tipo de control.

Por otro lado, queremos que quede claro, porque UGT lo ha afirmado falsamente en su comunicado sobre el SIMA, que, en ningún caso, hemos solicitado nuestra incorporación a la comisión de seguimiento del acuerdo de eficacia limitada, entre otras cosas porque lo consideramos más lesivo para la plantilla que si no hubiera ningún acuerdo (estaríamos como antes). Y es que su firma lo que hace es intentar legitimar las irregularidades de la empresa. Repetimos, CGT no ha solicitado estar en la comisión de seguimiento... no queremos estar en ese contubernio.

La cuestión del Teletrabajo ha tenido en esta empresa un recorrido tempestuoso desde la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia... incluso antes. Siempre con un comportamiento, llamémosle, innoble de la empresa. Empezando
por hacer una encuesta capciosa en medio de una pandemia, siguiendo con la suspensión de los acuerdos existentes al inicio de la negociación, continuando con una falta total de intención de negociar imponiendo sus condiciones, para acabar con la pataleta final de cancelar todos los acuerdos existentes obligando a volver a las oficinas a toda la plantilla de forma inmediata en medio de una ola de contagios cuando ella misma cerró unilateralmente la negociación sin acuerdo.

AtoS Spain, se comporta como un niño grande maleducado, avaro y soberbio. Y algunos, con su firma o su aceptación, consiguen que siempre sea así. AtoS Spain paga su frustración con las personas más vulnerables: el personal del Bench, las personas con reducción, las que necesitan conciliar, las que no tienen padrino, amiguete o coleguilla... algo indigno para una compañía. ¿Está defendiendo UGT a estas personas? Que sepamos no ha hecho nada ante la evidente discriminación, por ejemplo, con el personal del Bench a los que no se les permite tener Teletrabajo salvo que tengan padrino, amiguete o coleguilla. Ni por las personas que necesitan conciliar. Ellos hacen su trámite y lo que después decida la empresa les da igual. Ni siquiera pelean por conseguir que la empresa cumpla su acuerdo.

Ahora AtoS Spain dice que no tramitará más solicitudes de Teletrabajo , ya veremos, pero si lo hace es porque quiere hacerlo así. Nuestra opinión respecto al comunicado que finalizado el acto del SIMA se apresuró a lanzar la empresa, ya la hemos dado. Es más de lo mismo que viene haciendo con este tema.

Sabemos que la decisión de presentar nuestra demanda ha generado controversia, sobre todo entre las personas que ya disfrutan de Teletrabajo y vamos a explicar las razones para ponerla,  aunque creemos son obvias. Para empezar, recordemos que también ha generado controversia el modo de llevar este asunto por parte de la empresa, que mucha gente se ha quejado aunque no hagan tanto ruido porque posicionarse públicamente en contra de la empresa no es tan fácil.

Dicen que pedimos los gastos y que mucha gente prefiere tener Teletrabajo y le dan igual los gastos. Puede que a mucha gente sí, pero a otros no. Y ese punto lo exige la ley. Así que podemos exigirlo. Empezamos pagando la fibra, la silla y la pantalla y acabaremos pagando las licencias de Office, de Oracle, el portátil... Y también se podría mencionar el teléfono móvil particular que la empresa presupone "parte del material de trabajo" en lugar de suministrarlo, en la mayoría de los casos como hacía antes. Algo que ya hemos perdido por poner el nuestro.
 
Dicen que hay otros aspectos más importantes que los gastos y que eso no lo reclamamos. Sí, lo sabemos, pero si no lo recoge la ley no lo podemos añadir a la demanda. En la negociación dejamos claras cuales eran las prioridades, pero la empresa no quiso negociarlas. CGT sigue dispuesta a discutirlas con la empresa.

Dicen que no hemos preguntado a la plantilla y que, además, los acuerdos son voluntarios. El interés particular de un@s no puede ir en contra de la legislación que se nos aplica a tod@s. Además, la voluntariedad del "esto es lo que hay" ya la conocemos. Si hubiera mucha gente dispuesta a renunciar "voluntariamente" a 15 días de vacaciones ¿deberíamos aceptarlo? No. Entre otras cosas, porque eso que dicen es "su decisión" porque les interesa, y lo único que hace es perjudicarnos. Si empezamos renunciando a 15 días de vacaciones, las personas que no renuncien acabarán despedidas y sustituidas por otras que "voluntariamente" estarán renunciando a sus vacaciones. Y así, pasito a pasito, se van perdiendo derechos.

CGT va a luchar siempre contra cualquier discriminación, incluida la muy extendida discriminación por razones económicas: como yo me lo puedo permitir lo tengo, si tú no puedes pagártelo te fastidias y vas a la oficina.

En CGT estamos para defender los derechos de las personas trabajadoras y mejorarlos. Aunque les moleste o fastidie a algunos, vamos a hacerlo porque cuando no se defienden los derechos "se pierden". En este sentido podemos llegar hasta donde nos deja la legislación y estamos al albur de las decisiones de la judicatura, pero no por eso vamos a dejar de hacerlo.

Es conveniente que recordemos las condiciones que imponía la empresa y señalar que nunca tuvo intención de hacer ninguna concesión a las peticiones de la RLPT. Eso se refleja en el acuerdo firmado con UGT que en realidad no regula nada y lo poco que regula no se cumple. Como por ejemplo, el plazo máximo de resolución de las solicitudes en 30 días laborables, pues bien la mayoría tardan mucho más en resolverse. Hay solicitudes de Teletrabajo cuya respuesta (negativa) se ha recibido con seis meses de demora. Pero como siempre ni la empresa cumple lo que firma ni a UGT le importa que le tomen el pelo una y otra vez.

Si la empresa quería un acuerdo de mínimos se podría haber conseguido siempre y cuando estuviese dentro de la legalidad, pero lo que quería no lo estaba. CGT estaba y está dispuesta a negociar un acuerdo de Teletrabajo para que se dé en unas condiciones justas y objetivas. Cuando la empresa esté dispuesta a negociar eso que nos lo diga.

Como hemos podido ver, quien tiene intereses no tiene principios. CGT tiene valores que defenderá siempre y no va a validar con su firma ni con su silencio ningún abuso.

jueves, 3 de febrero de 2022

Teletrabajo: El comunicado de UGT sobre el SIMA

No se caracteriza precisamente la sección sindical de UGT en AtoS Spain por informar a la plantilla de la empresa, pero el 1 de febrero se dieron prisa por escribir su visión sobre lo ocurrido en el SIMA... sobre todo por poner a parir a CGT, claro.

Comienzan su comunicado mintiendo, al decir que CGT se ha "quejado de su no presencia en la Comisión de Seguimiento del acuerdo", porque en realidad lo que argumentamos es que se están incluyendo cláusulas que no están contemplados en su acuerdo impidiendo al resto de la RLPT ejercer su derecho de supervisión y control.

Dicen que no están de acuerdo con las dos cláusulas añadidas por la empresa en el acuerdo individual de Teletrabajo, pero en realidad ni siquiera se habían dado cuenta de que existían esas cláusulas y en el SIMA lo único que han dicho es que no les importaba que se eliminasen. ¡Cómo van a tratar algo en su comisión de seguimiento si no les importa lo que está pasando con los acuerdos de Teletrabajo en AtoS Spain!

Y aquí volvemos a su falta de comunicación, ya que desde que firmaron su acuerdo en julio de 2021 sólo somos conscientes de que hayan informado una vez (concretamente el pasado 13 de enero) sobre lo que han tratado en su comisión de seguimiento.

Finalmente dicen que la empresa "ha tomado una decisión de forma unilateral" que es "la suspensión de firmar más acuerdos de teletrabajo" y confiesan que, no les "gusta esta decisión", pero "tienen claro quiénes son los culpables de esto"... por supuesto que afirman que es la CGT. Esta decisión unilateral de la empresa de suspender la firma de los acuerdos de Teletrabajo no es la primera vez que ocurre, ya que se dio también un caso similar que sólo afectó al centro de trabajo de Barcelona, y no vimos ningún comunicado incendiario de UGT criticando el comportamiento unilateral de la empresa incumpliendo el acuerdo que firmaron con ellos... como parece que tampoco lo veremos ahora.

NOTA: Desde CGT siempre hemos sido contrarios a excluir a las secciones sindicales no firmantes de las comisiones de seguimiento, da la impresión de que se quiere ocultar algo al hacerlo. Hace años se negociaron unas compensaciones para personal de AtoS Spain asignado a proyectos en BBVA, CCOO no firmó el acuerdo. Cuando se habló de una comisión de seguimiento, desde CGT nos opusimos a excluir a CCOO de ésta, pero UGT se negó en redondo.

martes, 1 de febrero de 2022

Teletrabajo: Desacuerdo en el SIMA

Como ya informamos, hoy, 1 de febrero, se celebraba en el SIMA el acto de mediación previo a la interposición de Conflicto Colectivo motivado por el acuerdo sobre Teletrabajo alcanzado entre AtoS Spain y el sindicato UGT.

Cada parte asistente (CGT, CoBas, CCOO, AtoS Spain y UGT) ha expuesto su posición y finalmente no se ha llegado a ningún acuerdo.

El acto acabó, por tanto, con un acta de "DESACUERDO".

RRHH no ha perdido el tiempo, y posterirmente envió un nuevo correo a la plantilla de AtoS Spain con el asunto "Teletrabajo Atos Spain, proceso de conflicto colectivo por parte de la sección sindical CGT" informando del desacuerdo... es la primera vez, que recordemos, que hace algo similar después de la celebración de un SIMA.

Además han aprovechado su correo para hacer una de sus jugadas sucias al anunciar que como consecuencia de lo sucedido en el SIMA "no tramitaremos nuevas solicitudes de teletrabajo como medida de precaución". Lógicamente si toman esa medida es porque les da la gana y, sobre todo, para malmeter contra la CGT... ¿acaso suspendieron como medida de precacución las tramitaciones de los ERTE o la MSCT cuando los denunciamos?

lunes, 31 de enero de 2022

Teletrabajo: El cuento de RRHH


RRHH de AtoS Spain ha enviado el 31 de enero, a las 17:31, un correo a la plantilla con el asunto "Información urgente: TELETRABAJO en Atos Spain".

viernes, 28 de enero de 2022

Teletrabajo: Ya hay fecha para la mediación en el SIMA

El próximo 1 de febrero, a las 09:00 horas, estamos citados al acto de mediación en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) por motivo del acuerdo alcanzado entre la empresa y UGT relativo al Teletrabajo y la compensación de gastos del mismo, así como a la puesta en práctica del mismo.

¿Qué es lo que desde CGT se solicita que se reconozca en el SIMA?:
• Que la redacción de los acuerdos individuales de trabajo a distancia relativo a la compensación de gastos incumple lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 10/2021 de trabajo a distancia, accediendo a incluir expresamente en su articulado la obligación empresarial de asumir todos los costes ocasionados por todos los conceptos al trabajador con motivo del trabajo a distancia.

• Que la inclusión en los mencionados acuerdos individuales de extremos no incluidos en el acuerdo con UGT (tales como la imposición de un periodo de prueba de tres meses para el trabajo a distancia, o el compromiso de mantener comunicación por la empresa por videoconferencia cuando la empresa lo decida), se excede de lo negociado, y son cláusulas no negociadas con la RLPT, por lo que limitar su análisis a la comisión de seguimiento de un acuerdo que no lo regula supone limitar la actividad Sindical de los demás Sindicatos no firmantes del acuerdo.

martes, 13 de abril de 2021

Permisos retribuidos: Conciliación en la Audiencia Nacional

Una sentencia ganada por la CGT en el sector del Contact Center permitió que los permisos retribuidos de fallecimiento, nacimiento o matrimonio empezaran a contar el primer día laborable, aunque el hecho suceda en festivo. Actualmente, en el sector de las TIC se espera que el Tribunal Supremo se pronunciara como lo hizo entonces.

Ahora, la CGT en el sector TIC, abrió un camino para mejorarlo aún más. Presentamos en el Servicio de Mediación (necesario para ir a juicio) una papeleta por la que consideramos que cualquier día festivo que haya durante un permiso retribuido no compute para el disfrute del mismo.

Al llegarles la información de nuestra acción legal, CCOO y UGT presentaron posteriormente otra papeleta pidiendo exactamente lo mismo por los mismos motivos (no vaya a ser que dejen de ser la novia en la boda, el niño en el bautizo y el muerto en el entierro).

El 8 de abril de 2021 iba a tener lugar en la Audiencia Nacional, Sala de lo Social, el juicio por la demanda sobre los permisos retribuidos en el XVII Convenio Colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública presentada por CGT y otros sindicatos mayoritarios.

En el acto de conciliación previo al juicio ambas partes, sindicatos y patronal, han llegado a un acuerdo. Tras este acuerdo, queda reconocido que los permisos retribuidos a los que se refieren los apartados b), c) y d) del artículo 22 de nuestro convenio colectivo deben disfrutarse en día laborable, con la excepción de que si estás de Baja por Incapacidad Temporal o de vacaciones se pierde el permiso retribuido.


Artículo 22, Permisos retribuidos, del XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública:

b) Conforme al tenor literal del vigente artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, "Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días".

 c) Cuatro días en los casos de fallecimiento de cónyuge, padres o hijos, incluyéndose en este tiempo los posibles desplazamientos.

 d) Un día por traslado de domicilio habitual.

viernes, 12 de junio de 2020

ERTE: Resumen de la mediación celebrada en el SIMA

El jueves 11 de junio tuvo lugar en el SIMA la reunión de mediación previa al juicio que se celebrará el 24 de noviembre en la Audiencia Nacional.
 
La reunión se celebró de forma presencial y telemática, estando presentes todas las Secciones Sindicales firmantes de la demanda (CGT, CoBas, COS, ELA, LAB y RSTIC), la empresa (JLGordon, de la dirección de RRHH, y dos abogad@s: uno de Sagardoy y una delegada de UGT) y los mediadores. CCOO no se presentó.
 
Los Sindicatos firmantes de la demanda no esperábamos gran cosa de esta mediación. Durante el periodo de consultas la empresa ya tuvo oportunidad de acreditar las causas del ERTE (en primer lugar) y negociar un acuerdo si las hubiera acreditado. Como no llegó a hacer lo primero, no podemos suscribir un acuerdo que avale un ERTE sin causas, y por lo tanto sólo podríamos salir del SIMA con un acuerdo si éste pasara por la retirada del ERTE. Así lo hicimos constar en el inicio de la reunión. Pero la empresa no estaba dispuesta a hacerlo y nos lo comunicó enseguida.
 
Uno de los representantes de la empresa dijo que la propuesta de la dirección de AtoS era la que se está aplicando ahora mismo, y preguntó si había alguna posibilidad de acuerdo sin quitar el ERTE. Desde CGT se le respondió que si no había causas acreditadas no se puede avalar un acuerdo... esto es como un matrimonio, si no hay amor no te casas.
 
Poco más dio de sí la reunión, realmente. Se alargó todavía un poco con argumentos y contraargumentos, pero sin acercar posturas. Algunos de los argumentos fueron pintorescos: por ejemplo, la empresa sacó a relucir que se habían firmado ERTEs en otras empresas del Grupo Atos. Por alguna extraña razón, eso significaba que debería haberse firmado también un acuerdo en AtoS Spain, a pesar de que son ERTEs distintos presentados en empresas distintas, y las causas de los mismos se deben demostrar independientemente. La firma de esos ERTEs tiene tanta relación con la hipotética firma de un acuerdo en AtoS Spain como la firma del Tratado de Versalles, por poner un ejemplo.
 
Finalmente, tras unos cuantos intercambios infructuosos de argumentos, se llegó al final de la reunión, como ya era previsible, sin acuerdo:

  

martes, 9 de junio de 2020

lunes, 8 de junio de 2020

ERTE: La dirección de AtoS Spain nos responde echando balones fuera

A última hora del 5 de junio recibimos la respuesta de la empresa a la carta sobre el incumplimiento del compromiso de Igualdad que habíamos enviado las Secciones Sindicales de CGT, ELA, LAB, CoBas y COS el día 3:
En respuesta a su mail de fecha 3 de junio del presente, acusamos recibo de la comunicación que han remitido a esta Dirección, en la que manifiestan que en la reunión celebrada en la Comisión de Igualdad el pasado día 20 de mayo trasladaron su "inquietud" por el hecho de que, en su opinión, el porcentaje de plantilla afectada por el proceso de suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornada por causas productivas y organizativas llevado a cabo en la Empresa y que se encuentra en situación de reducción de jornada o en otras situaciones concretas descritas en su misiva, podría afectar al cumplimiento de las obligaciones empresariales respecto del respeto al derecho a la igualdad y no discriminación en el seno de la Empresa.
 
Reiterando los argumentos y razones expuestas en dicha reunión, debemos ponerles de manifiesto que, tal y como sin duda son perfectos conocedores, el contenido de su comunicación, así como las argumentaciones que contiene, coinciden con parte de la solicitud de mediación de conflicto colectivo contra el proceso de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas productivas y organizativas llevado a cabo e interpuesto por los sindicatos a los que representan ante el SIMA de Madrid, dos días antes de remitir su atenta comunicación, como requisito previo a la formulación de demanda ante la Jurisdicción Social.
 
Respetuosamente entendemos que ese será el foro de discusión y, en su caso, resolución de las cuestiones que formulan.
NOTA: Es vergonzoso tener que destacar una vez más que RRHH no tiene conciencia de Igualdad, el saludo inicial del mail era un "Estimados señores"... hay que volver a decir que la Guía para un uso no sexista del lenguaje en AtoS está para no usarla.

lunes, 1 de junio de 2020

ERTE: Mediación en el SIMA y demanda en la Audiencia Nacional

Hoy, 1 de junio, ELA, LAB, CGT, COS, RSTIC y CoBas hemos presentado conjuntamente la solicitud de mediación en el SIMA, así como la demanda en la Audiencia Nacional, frente a AtoS Spain (y sus cómplices UGt y CCoo) por la ejecución del ERTE en la empresa desde el pasado 11 de mayo.
  

miércoles, 16 de octubre de 2019

UGT te da... mentiras

Es frecuente que los distintos sindicatos de una empresa discrepen entre ellos en ocasiones, si nunca lo hicieran no tendría sentido que hubiera más de uno, y escriban publicaciones en las que critiquen lo que piensan que los otros han hecho mal bajo su punto de vista. Pero lo que no es normal, y además es sucio, es publicar mentiras sobre los otros sindicatos.
 
Y mentir, que es muy feo, sobre CGT es lo que ha hecho UGT en dos notas que ha publicado
recientemente en AtoS.
 
La primera de esas notas es aquella en la dicen no a la Huelga del 17-O, donde dicen que "... la sección sindical convocante de este conflicto, no ha buscado el apoyo de las otras secciones sindicales. La secretaria general de esta sección nos comunicó un día a las 17:00 horas su intención de convocar huelga, y al día siguiente ya lo estaban publicitando, sin esperar nuestra contestación". CGT no es la única que convoca...  de nuevo ningunean al resto de Sindicatos convocantes de la Huelga (frecuentemente la representante de UGT en las reuniones se refiere a estos otros Sindicatos como "los regionales").
 
Resulta que "UGT se ha olvidado" que un día decidieron dejar de asistir a las reuniones conjuntas de las RLT's del Grupo Atos. "Tampoco recuerdan" que para la reunión en la que se iba a tratar la convocatoria de Huelga se les convocó, especificando el tema en concreto que se iba a tratar... pero no asistieron, tampoco dijeron que no iban a ir y posteriormente no se interesaron por lo que había pasado. Además parece que "no se acuerdan" de que, a pesar de que no asistieron, el mismo día que se celebró la mencionada reunión recibieron, como el resto de compañer@s de las RLT's del Grupo, un correo con el resumen de lo que ocurrió en ella.

  
Cuando, después de todo su desinterés, hablamos con la jefa de UGT para que se diera por informada por nuestra parte, su respuesta fue "no sé/no contesto". Nunca dijo que lo iban a ver y que nos darían una respuesta... así que no sabemos por qué íbamos a tener que esperarles.
 
La segunda nota es la de su resumen de lo que ocurrió el 11 de octubre en el SIMA donde dicen que la empresa iba a "proporcionar información de los últimos dos años de salarios de la plantilla", que no nos "pareció suficente", que solicitamos "más años y más datos", que solicitamos "tanto nivel de detalle...". Pues resulta que ese "tanto nivel de detalle" era simplemente "un listado anonimizado de tod@s l@s trabajador@s de la empresa con su antigüedad en la misma, y su categoría y salario en septiembre de 2009, 2012, 2015 y 2018", estamos hablando de más de 12 años de congelación salarial ¿cómo vas a evaluar la pérdida de poder adquisitivo de l@s trabajador@s con información de solo dos años? que además iban a entregar "en porcentaje" (????), detalle "que olvidan" de mencionar l@s de UGT.

  

martes, 15 de octubre de 2019

Subida Salarial: Sin acuerdo en el SIMA

Como ya hemos contado, la negociación celebrada en el SIMA el 11 de octubre terminó sin acuerdo. Las mediadoras propusieron someter el objeto del conflicto a un procedimiento de arbitraje en el SIMA-FSP, que no prosperó.
 
La única representante de la empresa que acudió, una abogada del bufete de Garrigues, ofreció que:

1) ... nos presentarían la información de salarios anonimizada en porcentaje de los últimos 2 años.
 
2) ... se comprometían a tratar la objetivización del proceso de evaluación de méritos.
¿Qué diablos quería decir en porcentaje? ¿que nos van a dar el porcentaje de salario de una persona respecto a la masa de salarial? ¿que nos van a dar lo que gana una persona en porcentaje respecto al resto de sus compañeros? Pero que clase de tomadura de pelo es ésta... ¿cómo pueden decir que nos pueden dar un salario en porcentaje? ¿cómo vamos a calcular así la pérdida de poder adquisitivo de las personas?
 
CGT insistió en pedir un listado anonimizado de todos los trabajadores de la empresa con su antigüedad en la misma, y su categoría y salario en septiembre de 2009, 2012, 2015 y 2018, para poder evaluar realmente la pérdida de poder adquisitivo (información que la empresa consideró no relevante entregarnos en la reunión de la Mesa de Diálogo Social celebrada el 26 de abril).
 
Y por supuesto la empresa se ratificó en que nada de Subidas para Tod@s, como ya indicó el director de RRHH en la reunión de la Mesa de Diálogo Social del pasado 26 de abril: Nada de Subidas para Tod@s.
 
En las manifestaciones de parte que se adjuntaron al acta de la mediación: 

AtoS de nuevo salió con que se encuentra valorando la posible ilegalidad de la Huelga.
 
CCOO reiteró su petición a la empresa de convocar una mesa de negociación para tratar la política de subidas salariales y todos aquellos temas que ambas partes consideren oportunos.
 
UGT instaba a la empresa a abrir una mesa de negociación con un calendario de reuniones con objeto de hablar de la política de subidas salariales, tal y como se comprometió a hacerlo en el último semestre del año 2019 (parece que a UGT se le ha olvidado el correo de RRHH del 17 de septiembre en el que indicaban que no se habían comprometido a abrir una Mesa de Negociación como tal para Subidas Salariales).
 
CGT manifestó que consideraba totalmente insuficiente la propuesta de la empresa, que tras dos años nos remitía a la misma Mesa de Diálogo cuyo pésimo funcionamiento ya denunciamos por escrito el 26 de abril. Además la empresa sigue rehusando negociar con la RLT los salarios de la toda la plantilla.
Haciendo este tipo de manifestaciones queda claro que a CCOO y UGT se les olvida que la unión sindical de todas las sociedades del Grupo Atos tenía como primer objetivo Subidas Salariales para Todos y Todas, algo que la empresa ya ha indicado en varias ocasiones que no está dispuesta a hacer... y que no les importa que pasemos otros 2, 3 ó 4 años más con congelación salarial.

lunes, 14 de octubre de 2019

jueves, 10 de octubre de 2019

11-O: Citación en el SIMA

Mañana, 11 de octubre, tenemos una cita a las 9:30 (en principio llegó la citación con una errata, constando en la fecha el mes de diciembre) en el SIMA como paso previo obligatorio a la Huelga convocada para el día 17 por las Subidas Salariales y la homologación de condiciones laborales en el Grupo Atos.
 


También están citados los compañeros de AtoS IT a las 9:35 por el mismo motivo.